SALARIO
Es la remuneración recibida a cambio de una actividad o servicio (acorde a las horas y a las actividades que se realizan).
- El salario tiene que respetar al salario mínimo nacional; el cual es establecido por el poder ejecutivo año a año. En el año 2024 es de 22.268, se fijan en la canasta básica que son los alimentos de necesidad básica.
- Puede componererse de 2 formas: - dinero y especies (transporte, alimentos, viviendas).
- 2 tipos de salario:
- Salario nominal: Sin los decuentos obligatorios.
-Salario líquido: lo que recibe efectivamente el trabajador con decuentos y retenciones (situaciones especificas). - Descuentos: Impuestos. -BPS:(Banco de Prevención Social): es el aporte jubilatorio de 15%. -FONASA:(Fondo Nacional de Salud) 3% menos de 12000 de salario, 4,5% sin hijos, 6% con hijos, 8% con hijos y conyuge. -FRL:(Fondo de Reconversión laboral) solo para trabajadores privados, 0,125% . -INEFOP: (Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional) te dan 6 meses de seguro de paro. -IRPF: (Impusesto a las rentas de las personas fÍsicas ) los cobra el estado por haber ganado de más. Es un impuesto anual, lo recauda la DGI; al completar la declaración jurada sale el deducible a pagar, puede ser que haya para cobrar o para pagar. Se puede hacer desde el 5 de agosto a diciembre.
- El poder ejecutivo es quien modifica la tabla.

Retenciones: descuentos automáticos, tienen prioridades, se aplican en un orden. No son comunes a todos.
- Pensión alimentaria: cuando tenemos hijos menores o menores de 21.
- Garantía de alquiler: descuentan el alquiler del sueldo, de manera automática. Realizado por entidades autorizadas por el Banco Central del Uruguay.
- Cuota sinidical
- Cuota de BHU (Banco Hipotecario del Uruguay), agencia nacional de vivineda, MEVIR
- Cuotas de BROU: préstamos
- Seguros de Vida (BSE, Banco de Seguros del Estado)
- Cuotas cooperativasMedio de prueba: recibo digital o físico
Elementos :- Nombre del trabajador - Nombre de la empresa o empleador - Descuentos - Salario nominal y liquido - Dirección de la empresa - Número de registro BPS, BCE y DGI - Haberes, lo que integra mi salario (horas de trabajo y plus) - Firma

Forma de pago: mensual (del 1 al 10, dias hábiles). Quincenal (1 al 5 de cada quincena). semanal (al terminar cada semana de trabajo).
Formas de fijación: por tiempo(dependiendo las horas). Por producción (según la cantidad que produzca). Mixto (tengo un salario base, si supero el porcentaje de producción me pueden dar un incentivo)
AGUINALDO: Beneficio extra para los trabajadores dependientes, es la mitad del salario. Se paga en junio y diciembre, la fecha puntual la pone el ejecutivo. Se calcúla: la suma (se suma ya que el salario puede variar según las horas trabajadas) del salario, de los seis meses (de diciembre, enero, febrero, marzo, abril y mayo y de junio, julio, agosto, setiembre, octubre y novimbre) divido los 12 meses. Se decuenta BPS y FONASA.